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Se exeptúan los vehículos que ingresan al Ecuador por motivos turísticos o en tránsito, o con placas de otro país, y cuya estadía sea inferior a 90 días.
Quedan excluidos del SOAT adquirido en el Perú, las coberturas por muerte y lesiones corporales en caso ocurran fuera del territorio peruanol.

Menores, en caso de que el menor viaje al extranjero con ambos padres, no es necesario presentar ningún documento además del pasaporte o DNI del menor. Si lo hiciera acompañado de uno solo de sus progenitores, se requiere autorización de viaje del padre que no viaje con el menor otorgada ante un Notario Público peruano.
En caso de orfandad de parte de uno de los padres, puede realizarlo el padre superviviente, presentando el acta de defunción correspondiente.
También procede por parte de uno de los padres siempre que este sea el único que haya reconocido legalmente al menor, lo cual deberá acreditarse con el acta de nacimiento.






 

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  Embajada del Perú en Ecuador Diseñado por Eddybrando Vásquez